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ACUERDO Nº 06/ 2003-04-28 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Alcalde, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para disponer de parte de los recursos del FIEM depositados en la cuenta corriente Nº 1000000608 del Banco Federal, por un monto de CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS, (55.805.863,54 Bs.). 2.- Que la mencionada cantidad será utilizada para el pago de: Nómina personal fijo (empleados y obreros), Dietas de Concejales, Contratados, Jubilados y Pensionados, Transferencia a la Contraloría Municipal y Transferencia a las Juntas Parroquiales, correspondientes al mes de marzo. 3.- Que la presente solicitud es motivado a que este organismo solamente a recibido el doceavo correspondiente al mes de enero y el mismo es insuficiente para cubrir todos los gastos de funcionamiento descritos anteriormente. ACUERDA: ARTICULO 1.- Apruébese de inmediato la disposición de la cantidad aquí descrita, de los recursos FIEM depositados en la cuenta corriente Nº 1000000608 del Banco Federal, para el pago de: Nómina personal fijo (empleados y obreros), Dietas de Concejales, Contratados, Jubilados y Pensionados, Transferencia a la Contraloría Municipal y Transferencia a las Juntas Parroquiales, correspondientes al mes de marzo. ARTICULO 2.- Infórmese del presente acuerdo a la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URDANETA, LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL. ARTICULO 3.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNCIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 07/ 2003-05-06 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Alcalde, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para dictar el Crédito Adicional Nº 08, por la cantidad de DOSCIENTOS SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (206.527.890,24). 2.- Que el mencionado Crédito Adicional será financiado con recursos del Ministerio de Finanzas, que se enmarca dentro de lo establecido en la Gaceta Oficial Nº 324629 (FIEM). 3.- Que dichos recursos incrementarán los créditos presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003, en el Sector 15 “ Gastos No Clasificados Sectoriales” Partida 4.06 “ Servicios de la Deuda Pública y Disminución de Otros Pasivos”, Genérica 03 “Obligaciones de Ejercicios Anteriores”, Especifica 05 “ Compromisos Pendientes de ejercicio Anteriores”. Así mismo en el Sector 11 “ Vivienda, desarrollo urbano y servicios conexos”, programa 01 “ Servicios de fiscalización, Contratación e Inspección de Obras”, Documentación e Información Catastral y Servicios Públicos, Actividad 51 “Dirección y Supervisión”, Partida 4.04 “ Activos Reales, de acuerdo a la Partida 4.07 “ Transferencias”, Genérica 01 “Transferencias Corrientes Internas”, Especifica 01 “ Transferencias de Corrientes al Sector Privado”, Sub-Partida Especifica 07 “ Donaciones a Personas”, para donar a las personas de escasos recursos económicos afectadas por las lluvias. 4.- Que es deber ineludible del Concejo Municipal, coadyuvar con la ejecución expedita del Presupuesto Público Municipal. ACUERDA: ARTICULO 1.- Apruébese de inmediato el ingreso de la cantidad aquí descrita, con recursos provenientes del Ministerio de Finanzas; de acuerdo a la siguiente distribución analítica:
ARTICULO 2.-Apruébese igualmente, con dichos recursos, el incremento de los créditos presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003, en el Sector 15 “Gastos No Clasificados Sectorialmente” Partida 4.06 “Servicios de la Deuda Pública y Disminución de Otros Pasivos”, Genérica 03 “Obligaciones de Ejercicios Anteriores”, Específica 05 “Compromisos Pendientes de Ejercicios Anteriores”, para el pago de los siguientes compromisos:
Así mismo en el Sector 11”Vivienda, Desarrollo Urbano y Servicios Conexos”, Programa 01”Servicios de Fiscalización, Contratación e Inspección de Obras, Documentación e Información Catastral y Servicios Públicos”, Actividad 51 “Dirección y Supervisión”, Partida 4.04 “Activos Reales, de acuerdo a las extensiones descritas anteriormente. Además Incrementará en el Sector 13 “Desarrollo Social y Participación la Partida 4.07 “Transferencias”, Genérica 01 “Transferencias Corrientes internas”, Específica 01 “Transferencias Corrientes al Sector Privado”, Sub – Partida Específica 07 “Donaciones a Personas”, para donar a las personas de escasos recursos económicos afectadas por las lluvias. ARTÍCULO 3.- Infórmese del presente acuerdo a la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URDANETA, LA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA, SINDICATURA Y LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL. ARTICULO 4.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 08/ 2003-06-09 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Alcalde, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para dictar el Crédito Adicional Nº 09, por la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVENTA Y UN BOLÍVARES CON 96/100 CÉNTIMOS (89.241.091,96). 2.- Que el mencionado Crédito Adicional será financiado con recursos provenientes de la Gobernación de Estado Trujillo. 3.- Que el mencionado crédito adicional incrementará los créditos presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003, en los sectores 01 “Dirección Superior del Municipio”, 11 “Desarrollo Urbano Vivienda y Servicios Conexos”, 13 “Desarrollo Social y Participación “, 14 “Seguridad Social”y 15 “Gastos No Clasificados Sectorialmente” que serán utilizados para el pago del 20% según lo establecido en la Gaceta 1752; incrementar a partir del mes de junio a Bs. 1.500.000,00 el aporte a las Juntas Parroquiales. También incrementar por insuficiencia las partidas de dotación de uniformes a empleados, dotación de uniformes a obreros, vehículos automotores terrestres, ayudas para medicinas, gastos médicos y de hospitalización a obreros, donación en dinero, pensiones, aguinaldos a personal pensionado, remuneración a personal contratado y otras transferencias directas a personas. ACUERDA: ARTICULO 1.- Apruébese de inmediato el ingreso de la cantidad aquí descrita, con recursos provenientes de la Gobernación del Estado Trujillo; de acuerdo a la siguiente distribución analítica:
ARTICULO 2.-Apruébese igualmente, con dichos recursos, el incremento de los créditos presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003, en los Sectores 01 “Dirección Superior del Municipio”, 11 “Desarrollo Urbano Vivienda y Servicios Conexos”, 13 “Desarrollo Social y Participación “, 14 “Seguridad Social”y 15 “Gastos No Clasificados Sectorialmente” que serán utilizados para el pago del 20% según lo establecido en la Gaceta 1752; incrementar a partir del mes de junio a Bs. 1.500.000,00 el aporte a las Juntas Parroquiales. También incrementar por insuficiencia las partidas de dotación de uniformes a empleados, dotación de uniformes a obreros, vehículos automotores terrestres, ayudas para medicinas, gastos médicos y de hospitalización a obreros, donación en dinero, pensiones, aguinaldos a personal pensionado, remuneración a personal contratado y otras transferencias directas a personas. ARTÍCULO 3.- Infórmese del presente acuerdo a la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URDANETA, LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, SINDICATURA Y LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL.
ARTICULO 4.-
Publíquese en Gaceta
Oficial del Municipio.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 09/ 2003-07-07 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Alcalde, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para la aprobación de la realización de las festividades Patronales de la parroquia Santiago del Municipio Urdaneta, durante los días 24, 25 ,26 y 27 de Julio del presente año y así cumplir con las actividades religiosas, culturales y deportivas planificadas. ACUERDA: ARTICULO 1.- Autorizar a la Directiva de las Festividades Patronales de la parroquia Santiago, para la realización de las mismas en la fecha prevista. ARTICULO 2.- Se prohíbe la utilización de las áreas de la Plaza Bolívar de la parroquia Santiago, para la realización de estas festividades. ARTICULO 3.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 10/ 2003-07-29 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Alcalde, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para la aprobación de la realización de las Festividades Patronales en Honor a San Roque, de la parroquia La Quebrada del Municipio Urdaneta, durante los días 14, 15, 16 y 17 de Agosto del presente año y así cumplir con las actividades religiosas, culturales y deportivas planificadas. ACUERDA: ARTICULO 1.- Autorizar a la Directiva de las Festividades Patronales de San Roque, de la parroquia La Quebrada, para la realización de las mismas en la fecha prevista. ARTICULO 2.- Que la comunidad participe con jubilo y sano entusiasmo en los actos programados con orden y respeto a la organización y desarrollo eficaz de las Festividades Populares, pues las mismas son patrimonio de todos. ARTICULO 3.- Que tales eventos y festividades populares sirvan de rescate de la tradición folklórica y cultural de nuestro ente local.ARTICULO 4.- Se prohíbe terminantemente la celebración de bailes, con la excepción de actos culturales y religiosos, igualmente se prohíbe la compra-venta de bebidas alcohólicas en la Plaza Bolívar y sus alrededores. ARTICULO 5.- Exhortar a todos los cuerpos de la administración pública y fuerzas vivas en general el cumplimiento de lo estipulado en el presente instrumento jurídico. ARTICULO 6.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 11/ 2003-07-29 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO1.- Que el artículo 11 de las Disposiciones Generales de la Ordenanza para el Ejercicio Económico-Financiero para el año 2002, no se estableció un limite del periodo complementario. CONSIDERANDO2.- Que al 31 de junio de 2003 existen créditos presupuestarios comprometidos y causados más no cancelados, correspondientes al Ejercicio Económico-Financiero del año 2002. CONSIDERANDO3.- Que en el artículo 10 de la Ordenanza de Presupuesto para el Ejercicio Económico-Financiero del año 2003 existe un error de trascripción referente a la fecha del periodo complementario. CONSIDERANDO 4.- Que el cierre del ejercicio presupuestario no implica la anulación de los actos administrativos que originaron los contratos formalizados hasta este momento. CONSIDERANDO 5.- Que el articulo 04 de Ley Orgánica de Crédito Público permite que la deuda pública originada en la contratación de obras, cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de un periodo fiscal, pueda ejecutarse en más Ejercicios Fiscales posteriores al vigente. ACUERDA: ARTICULO 1.- Se autoriza la extensión del período complementario para la ejecución de créditos presupuestarios correspondientes al Ejercicio Económico-Financiero del año 2002 hasta el 31 de diciembre de 2003. ARTICULO 2.- Se autoriza la corrección de los errores de transcripción en el artículo 10 de la Ordenanza de Presupuesto para el Ejercicio Económico-Financiero del año 2003, los cuales deben expresar desde 01 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2004. ARTICULO 3.- Queda encargada de la ejecución del presente Acuerdo a la Dirección de Hacienda Municipal. ARTICULO 4.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA
ARAUJO ACUERDO Nº 13/ 2003-09-01 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que existe una diferencia de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (5.800.000,00 Bs.), para completar el monto de DIECIOCHO MILLONES DE BOLÍVARES (18.000.000,00 Bs.) necesarios para la adquisición del vehículo rústico, para cumplir con el servicio de transporte a la comunidad de Las Porqueras de la parroquia Tuñame. 2.- Que existe una diferencia de UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES (1.319.219,69), entre la resolución del FIDES Nº 13-44 y el crédito adicional Nº 05 de fecha 26 de febrero de 2003, en la partida 404-02-01-00 ext. CC-004 Reparación y Mejoramiento de la cancha deportiva La Quebrada, parroquia La Quebrada (FIDES), monto necesario para la ejecución de total de la obra. ACUERDA: ARTICULO 1.-Realizar un traspaso de la partida de código 404-02-01-00 ext. PA-021 Conservación y Mejora de vías, por el monto de CUATRO MILLONES BOLÍVARES(4.000.000,00 Bs.) para incrementar la partida 404-04-01-00,. Vehículo Automotor y Terrestre FIEM. ARTICULO 2.-Realizar un traspaso de las partidas 404-16-99-00-ext. EL 004 Electrificación Escuela la Loma, parroquia Jajó (Inversión),por el monto de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (600.000,00 Bs.). Y de la partida 404-13-01-00 ext. PR-002 Proyectos y Estudios aplicables a Bienes del dominio privado (Inversión) por un monto de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (1.200.000,00 Bs.) para incrementar la partida 404-04-01-00 Adquisición de vehículo rústico, para la ruta social de Las Porqueras, parroquia Tuñame.ARTICULO 3.-Realizar un traspaso de la partida 404-03-01-00 Maquinarias y Equipos de construcción y mantenimiento (FIDES), por el monto de UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y NUEVE (1.319.219,69 Bs.), para incrementar la partida 404-02-01-00 ext. CC-004 Reparación y Mejoramiento de la cancha deportiva La Quebrada, parroquia La Quebrada (FIDES). ARTÍCULO 4.- Infórmese del presente acuerdo a la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URDANETA, LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL., DIRECCIÓN DE INGENIERÍA Y COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO. ARTICULO 5- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, AL DÍA UNO DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO ACUERDO Nº 14/ 2003-09-15 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3 CONSIDERANDO 1.- Que el Vice-Presidente del Concejo Municipal, con fecha de hoy presenta a consideración de la Cámara Edilicia la solicitud de autorización para la aprobación de la realización de las Festividades Patronales en Honor a la Virgen del Rosario, de la comunidad de Durí, parroquia La Mesa de Esnujaque del Municipio Urdaneta, durante los días 04 y 05 de Octubre del presente año y así cumplir con las actividades religiosas, culturales y deportivas planificadas. ACUERDA: ARTICULO 1.- Autorizar a la Directiva de las Festividades Patronales de la Virgen del Rosario, de la comunidad de Durí de la parroquia La Mesa de Esnujaque, para la realización de las mismas en la fecha prevista. ARTICULO 2.- Que la comunidad participe con jubilo y sano entusiasmo en los actos programados con orden y respeto a la organización y desarrollo eficaz de las Festividades Populares, pues las mismas son patrimonio de todos. ARTICULO 3.- Que tales eventos y festividades populares sirvan de rescate de la tradición religiosa, folklórica y cultural de nuestro ente local. ARTICULO 4.- Exhortar a todos los cuerpos de la administración pública y fuerzas vivas en general el cumplimiento de lo estipulado en el presente instrumento jurídico. ARTICULO 5.- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.
OSWALDO RIVERO T.S.U. MORELA
ARAUJO ACUERDO Nº 15/ 2003-09-22 EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ESTATUIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN MUNICIPAL ARTS: 5 Y 138, Ord. 3, dicta el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO Que la generación de ingresos propios es materia de especial atención y vital importancia para el Municipio. CONSIDERANDOQue se ha observado que la tasa impositiva por concepto de emisión de Solvencias Municipales es relativamente baja, pues que en reiteradas oportunidades se ha presentado casos donde esta no cubre si siquiera los gastos de papelería. CONSIDERANDOQue se hace necesario establecer una tasa mínima básica para evitar que se manejen los montos de las transacciones a conveniencia del solicitante con la finalidad de evadir impuestos Municipales. CONSIDERANDOQue es deber ineludible del Concejo Municipal implementar mecanismos que contribuyan a incrementar la generación de ingresos propios y de esta manera la capacidad de prestación de los servicios públicos a la colectividad. ACUERDA: ARTICULO 1.- Realizar una enmienda a la Ordenanza Sobre Patente de Actividad Comercial e Industrial en su Artículo 56. ARTICULO 2.- El mencionado Artículo en adelante dirá: El Director de Hacienda Municipal, expedirá las Solvencias Municipales, si una vez revisado el registro de contribuyentes el solicitante resultare estar solvente con el Municipio, o cuando el solicitante sea transeúnte en el mismo y no tenga dentro de la Jurisdicción su Domicilio Fiscal ni sucursales. Por concepto de emisión de Solvencia deberá recaudar para el Fisco Municipal las siguientes cantidades: a) Para efectos de Registro Público de documentos de Compra-Venta de inmuebles, arrendamiento, donación, hipotecas, cancelación y cualquier tipo de enajenación, el 1,25 U/T para montos iguales o menores de Un Millón de Bolívares (1.000.000,00 Bs.), este monto se incrementará en proporción de 0,25 U/T para cada millón adicional. Cuando el monto adicional al millón pase del ½ millón se considerará Un millón adicional completo. b) Para cualquier otro efecto se cobrará por este concepto el equivalente al 50% de la U/T. ARTÍCULO 3.- Infórmese del presente acuerdo a la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO URDANETA, LA DIRECCIÓN DE HACIENDA MUNICIPAL., DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN Y COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO. ARTICULO 4- Publíquese en Gaceta Oficial del Municipio. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL CONCEJO DEL MUNICIPIO URDANETA DEL ESTADO TRUJILLO, DONDE SE CELEBRAN SUS SESIONES EN LA QUEBRADA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRES.
JOSÉ
REINALDO BRICEÑO OSUNA T.S.U. MORELA ARAUJO |
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